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El Gobierno aprueba la primera normativa temporal para el uso de drones

Redacción.

El último Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que establece un marco normativo temporal, hasta la aprobación de un Ley definitiva, para las operaciones con drones de peso inferior a los 150 kilos al despegue, en el que se establecen las condiciones de uso de estas aeronaves para la realización de trabajos técnicos y científicos.

El Gobierno responde así a la urgente necesidad de establecer una regulación para el desarrollo y uso seguro de este tipo de vehículo aéreo tripulado remotamente, un sector tecnológico emergente.

El reglamento aprobado ahora, de manera temporal, establece los diferentes escenarios en los que podrán utilizarse estas aeronaves, en función del trabajo a desarrollar y el peso del aparato. A espera de la regulación definitiva que se realizará en los próximos meses, completa la legislación para el uso de drones el régimen general de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea.

Aparte de los requisitos comunes que se recogen para todos los drones, así como para los pilotos y las empresas que los operen, el reglamento establece requisitos en función del peso al despegue, y clasifica los aparatos en: menos de 2 kilos, hasta 25 kilos y más de 25 kilos.

Requisitos mínimos
Como requisitos comunes, todas estas aeronaves tendrán que llevar fijada en su estructura una placa de identificación y las empresas que los operan deberán tener un manual de operaciones para cada aparato, así como un estudio aeronáutico de seguridad para cada operación, entre otros requisitos.

Por su parte, los pilotos tendrán que estar en posesión de cualquier licencia de piloto o demostrar de forma fehaciente que disponen de los conocimientos teóricos necesarios para obtenerla, entre otros criterios.

Hasta que llegue la regulación definitiva, las operaciones que se podrán realizar se limitarán al espacio aéreo no controlado y sobre zonas no pobladas. Entre estos trabajos aéreos se encuentran: publicidad aérea, actividades de investigación, extinción de incendios, tratamientos fitosanitarios, vigilancia forestal o emisiones de radio y TV, entre otras.


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