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El Observatorio de la Vida Militar se pone en marcha con retraso

Redacción.

En la mañana de ayer se celebró en la sede del Ministerio de Defensa, la reunión constitutiva del Observatorio de la Vida Militar creado por la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.

Se trata de un órgano adscrito a las Cortes Generales que tiene carácter asesor y consultivo, con la misión de realizar el análisis permanente de la condición de militar y la forma con que el Estado vela por los intereses de los miembros de las Fuerzas Armadas.

El Observatorio está formado por nueve miembros elegidos por Congreso y Senado por un periodo de cinco años, sin retribución y cuyo desempeño es incompatible con cargos de representación política.

El pasado 5 de diciembre el Boletín Oficial del Estado publicó la elección de los miembros del Observatorio. Por el Pleno del Congreso fueron elegidos Mariano Casado Sierra, Paloma Biglino Campos, Ramón Companys Sanfeliu, Virgilio Sañudo Alonso de Celis y Víctor Torre de Silva López de Letona. Por el Pleno del Senado fueron elegidos María Angustias Caracuel Raya, Miguel Requena y Díez de Revenga, Lorenzo Martín-Retortillo Baquer y Juan Carlos Muñoz-Delgado y Díaz del Río.

Según información de los reunidos, «El Observatorio ha estudiado las tareas que tiene pendientes para los próximos meses y su programación».

En esta primera reunión los miembros del Observatorio, por tanto,  han puesto sobre la mesa las competencias del órgano.

En una segunda reunión, de la que aún no se ha concretado fecha de celebración, se elegirá al presidente del Observatorio de entre sus integrantes, y se elaborará un primer borrador del Reglamento que lo regirá.

Funciones
Según la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, las funciones que deberá asumir el Observatorio serán:

  • Efectuar análisis y propuestas de actuación sobre el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas por los miembros de las Fuerzas Armadas.
  • Elaborar, de oficio o a petición de parte, informes y estudios sobre el régimen de personal y las condiciones de vida en las Fuerzas Armadas.
  • Proponer medidas que ayuden a la conciliación de la vida profesional, personal y familiar de los militares.
  • Promover la adaptación del régimen del personal militar a los cambios que se operen en la sociedad y en la función pública.
  • Analizar los problemas que en el entorno familiar de los afectados se producen como consecuencia de su disponibilidad, movilidad geográfica y de su específico ejercicio profesional que conlleva la participación en operaciones en el exterior.
  • Evaluar la aportación adicional de recursos humanos a las Fuerzas Armadas a través de las diferentes modalidades de reservistas.
  • Velar por la aplicación a los militares retirados de la normativa que ampara sus derechos pasivos y asistenciales y, en su caso, efectuar propuestas de mejora sobre ésta.