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Sobre las polémicas aguas territoriales de Gibralt...

Sobre las polémicas aguas territoriales de Gibraltar

Por el General D. Agustín Alcázar Segura (R).

Director del Curso “Historia militar de Gibraltar”.

Durante este último año se han prodigado los incidentes en la Bahía de Algeciras en los que han estado siempre presente el contencioso sobre las supuestas aguas territoriales de Gibraltar.

Según el artículo 10 del Tratado de Utrech, se cedía a la Gran Bretaña la Ciudad y Castillo de Gibraltar juntamente con su puerto, defensas y fortalezas que le pertenecen, sin señalar el contorno que lo limitaba, dejando así abierta una polémica que al cabo de tres siglos aún sigue sin resolverse.

Según el diccionario militar de Almirante, puerto en general es el sitio seguro y abrigado de los vientos dentro de la costa del mar, con fondeadero para anclar los buques y resguardarse de las borrascas.[1]

Siguiendo, pues, la concha[2] de la bahía, la costa deja de ser inglesa (de derecho) al llegar al extremo más septentrional del Muelle Viejo y el límite de la muralla que mira al istmo. Bajo este supuesto, la parte de mar que baña la playa del terreno neutral, debería ser también neutral; sin embargo, cuando después del último sitio los ingleses se fueron adueñando del terreno neutral, lo hicieron también de las aguas que bañaban sus playas.

El límite Oeste, según la definición del término puerto, lo enmarcaría la línea de unión de todos los puntos de sonda con fondo para anclar más separado de la costa del Peñón. Puesto que éste se extiende de Norte a Sur, podía hacerse más determinado y amplio reemplazando dicha línea por la meridiana del punto más separado de todos.

Hasta 1825 fue éste el criterio español para tratar de delimitar las aguas del Peñón; sin embargo, una tormenta desatada en la zona de Gibraltar en la noche del 6 al 7 de Diciembre de dicho año, expulsó de dicho puerto a 23 embarcaciones haciéndolas varar sobre las playas del istmo, lo que  dio lugar a una polémica que definió un nuevo límite marítimo.

En efecto, el rescate de las mismas originó una protesta ante el gobierno británico por parte del Encargado de Negocios Extranjeros en Inglaterra D. Mateo Laserna en Marzo de 1826, a la cual respondió el 30 de Noviembre, el Primer Secretario de Estado y Negocios Extranjeros de SM Británica, Mr. Canning, en los siguientes términos:

«En la ausencia de toda mención en el Tratado de Utrech, de límites reales o imaginarios del puerto de Gibraltar, que fue cedido a la Gran Bretaña por este Tratado, se hace indispensable, en primer lugar, buscar un límite natural, el que se encuentra en la curvatura de la costa que termina en Punta Mala, cuyo espacio en su totalidad se halla dentro del tiro de los cañones de la guarnición.

Consecuentemente aquel punto de tierra se ha considerado invariablemente como el límite del puerto hacia el Norte, y desde el tiempo en que la fortaleza entró en poder de la Gran Bretaña se han exigido invariablemente derechos de puerto sobre todos los buques anclados dentro de esos límites».

Continuaba la exposición del Ministro británico alegando que «Los límites del puerto de Gibraltar deben extenderse evidentemente a la línea de marea  alta y por consiguiente, sea la marea alta o baja todo el espacio comprendido dentro de esta línea, debe de estar sujeto a la jurisdicción de la Fortaleza»[3].

Así pues, Inglaterra decidía, de forma unilateral, que el puerto de Gibraltar comprendía todas las aguas de la concha hasta Punta Mala y la playa hasta la línea de marea alta, limitándolas al Oeste por la meridiana que pasa por la referida Punta. Y en efecto, no tardaron en poner de manifiesto este límite estableciendo una línea de balizas que marcaban aquella meridiana.

No obstante, a pesar de lo dispuesto en la nota de Mr. Canning, los británicos hallaron tan absurdo el hecho de existir un trozo de litoral español sin medios de comunicarse directamente con aguas de su jurisdicción, que a la vez que las balizas que marcaban la meridiana, colocaron otras que determinaban la prolongación de la línea que dividía en dos mitades el istmo y también en otras dos la de unión del fuerte de San Felipe con el Muelle Viejo.

Esta segunda línea balizada marcaba el canal que al Norte de ella y desde su encuentro con la Norte-Sur dejaba paso franco a las embarcaciones españolas que se dirigían al espigón de San Felipe, punto principal de desembarco para las unidades de La Línea.

En 1841, con motivo de un nuevo incidente, el Comandante General del Campo de Gibraltar, resolvió el 3 de Agosto, que siendo la cuestión de los límites una cuestión pendiente, la orden del Regente (que en aquel momento era el General Espartero), requería que se respetara la línea de boyas.

En el año 1852, los británicos hicieron desaparecer las balizas, atribuyéndolo a los temporales, pero todo hace sospechar que lo hicieron al objeto de quitar cuanto pudiera ser, en manos de nuestro Gobierno, un arma que esgrimir en defensa de sus derechos.

Suscitada posteriormente otra cuestión con las embarcaciones de guerra encargadas de reprimir el contrabando, y con el solo objeto de alejar cuanto fuera posible las probabilidades de nuevos roces con las autoridades de la plaza, se ordenó reservadamente, por el Capitán General del Departamento de Cádiz, en 27 de  Septiembre de 1876, que se considerasen límites de nuestras aguas a `poniente de Gibraltar la línea que partiendo de Punta Mala pasase a dos millas de Punta de Europa[4] y a levante, la que pasa a dos millas de sus playas.

Esta determinación del Capitán General fue aprobada por el Ministro de Marina de acuerdo con el de Estado, quien amplió a tres millas los límites de levante, pero bien entendido que era solo para que como tal se consideraran en su persecución contra los defraudadores de la hacienda, sin que pudieran tenerlo nunca como límite oficialmente reconocido.

Es decir, que más bien que de límites de aguas inglesas, se trataba solo de restringir el radio de acción de la Marina de Guerra en el servicio que debía prestar como guardacostas.

Si embargo, estas distancias que, como se ha expuesto fueron asumidas con unos fines concretos por las autoridades españolas se han convertido hoy para el gobierno del Reino Unido y de Gibraltar como realidades indiscutibles, asignándose unilateralmente estas aguas como territoriales.


[1] ALMIRANTE, José: Diccionario militar. Vol. II. Ministerio de Defensa. 2002. p, 880

[2] Seno, a veces poco profundo, pero muy cerrado, en la costa del mar.

[3] Nota de Mr Canning sobre límites del puerto de Gibraltar, de 30 de Noviembre de 1826.

[4] La meridiana pasa unos 725 metros más próxima a Punta Europa.


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