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ASFASPRO obtiene representación en el Consejo de Personal de las FAS

Redacción /Madrid.

La Subsecretaría de Defensa ha comunicado a la Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas, ASFASPRO, que obtiene representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas

Al contar con representación en este nuevo órgano de interlocución entre las asociaciones profesionales de militares y el Ministerio de Defensa, ASFASPRO tendrá la posibilidad de nombrar un representante y dos suplentes de la asociación en el mismo.

La participación de La Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas en el Consejo le permitirá contribuir en el proceso de elaboración de proyectos normativos que afecten al régimen de personal, sus condiciones de vida y trabajo en las unidades, y el ejercicio de derechos y libertades.

De acuerdo con lo establecido en la Orden DEF/3217/2011 de 18 de noviembre, por la que se regula el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, RAPFAS, la asociación dispone del plazo de un mes para inscribir a sus representantes en dicho registro.

Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas 

El Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas es un nuevo órgano de interlocución entre las asociaciones profesionales de militares y el Ministerio de Defensa, aprobado el 8 de junio de 2012 por Real Decreto y creado por mandato de la Ley de Derechos y Deberes de los Militares, aprobada en 2011.

Las asociaciones representadas podrán expresar su opinión sobre todos los aspectos que afecten al régimen social y profesional – estatuto y condición de militar, ejercicio de los derechos y libertades, el régimen de personal y las condiciones de vida y trabajo en las unidades – de los miembros de las FAS.

El Consejo de Personal está compuesto por igual número de representantes del Ministerio de Defensa y de las asociaciones que alcancen el grado de representatividad fijado en la Ley de Derechos y Deberes.

Para poder acceder al Consejo, las asociaciones deberán contar, en relación a los efectivos de las Fuerzas Armadas con un mínimo de afiliados del 1%, si sus estatutos están abiertos a todas las categorías contempladas, del 3% de los miembros de su categoría si la asociación es exclusivamente de oficiales o de suboficiales, y del 1,5% en el caso de las asociaciones de militares de tropa y marinería.


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