Verónica Sánchez Moreno
El plan de activación de reservistas voluntarios para 2014 fija un máximo de 681 efectivos que podrán ser activados para prestar servicio en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa
Como recoge la Orden Ministerial 17/2014 que ha publicado el Boletín Oficial de la Defensa, estos efectivos se distribuyen de la siguiente forma: 200 para el Ejército de Tierra, 125 para la Armada, 120 para el Ejército del Aire y 236 para Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.
Los reservistas voluntarios en el Ejército de Tierra contarán con períodos de activación de hasta cuatro meses, mientras que en la Armada serán de hasta dos meses, en el Ejército del Aire de un mes y en los Cuerpos comunes de hasta tres meses. Cabe señalar que, mientras en los ejércitos y la Armada, el número de efectivos comprende oficiales, suboficiales y militares de tropa y marinería reservistas voluntarios; en los Cuerpos Comunes se trata sólo de oficiales.
Respecto al año anterior, los períodos de activación se mantienen iguales, mientras que ha aumentado el número reservistas voluntarios que el Ejército del Aire, la Armada y los Cuerpos Comunes podrán activar. Así, en 2014, la Armada podrá activar 25 efectivos más que en 2013, el Ejército del Aire 30 efectivos más y en los Cuerpos Comunes el número crece en 35 efectivos.
El plan de activación de 2014 intentará paliar la problemática con la que, como ya venimos contando en el Observatorio de Inteligencia, Seguridad y Defensa, se encuentra gran parte de los 5300 reservistas voluntarios españoles. A día de hoy son medio centenar los reservistas voluntarios españoles que debido a la falta de presupuesto no han sido activados y que, en aplicación del artículo 19.5 del Reglamento de Reservistas de las Fuerzas Armadas, han perdido su condición. Éste recoge que la concesión de la ampliación del compromiso “requerirá haber sido activado, al menos, una vez en los últimos tres años y tres veces en los últimos seis, tanto para participar en programas de formación continuada, como para prestar servicio en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa”.
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