ACSdP.
La Ley 39/2007 de la carrera militar y su desarrollo en el Real Decreto 383/2011, por el que se aprobó el Reglamento de Reservistas de las FAS, supuso un avance en el modelo de reserva militar de España. La normativa publicada complementó el modelo implantado en la ley 17/1999 y el reglamento de diciembre de 2003.
En el día de hoy el diseño de reserva militar puede mejorar en áreas como la formación, la protección laboral, la seriedad en las convocatorias anuales de activación, etc. Para esto podemos aplicar las disposiciones vigentes generando normas que redunden en una mayor eficacia del sistema y en el aumento de nuestras capacidades de defensa.
ARES, con mas de 600 asociados (RV) pertenecientes a todas las escalas, ejércitos y cuerpos, junto con otras asociaciones y con datos de varias encuestas y entrevistas, han elaborado una serie de propuestas viables en el modelo actual de Reserva Militar Voluntaria. Supondrían una mejora para la supervivencia del actual modelo y la mayoría no tendrían incidencia presupuestaria o esta sería muy baja.
Enunciamos las propuestas realizadas al Ministerio de Defensa que facilitarían la incardinación del reservista en sus unidades en los periodos de activación y también en las largas fases de no activado:
- Inclusión del reservista voluntario en situación de disponible en los procesos de obtención de nivel lingüístico SLP y pruebas de aptitud física, de manera voluntaria. Así podría incorporarse en puestos que exijan estos niveles, como ya ocurre en otros ejércitos OTAN.
- Regular las activaciones para Instrucción y Adiestramiento y elaboración de planes de obligado cumplimiento por las unidades, dando especial preferencia a la formación de carácter militar, en todas las activaciones para Formación Continuada.
- Flexibilizar el sistema de reconocimientos médicos previos a la activación para prestación de Servicio en Unidades con aceptación de reconocimientos médicos del sistema público de salud.
- Ampliación del periodo de vigencia del compromiso a 5 años, con todo el ahorro burocrático, económico y en desplazamientos que ello supone.
- Desarrollo del artículo 134.1 de la ley 39/2007 y del artículo 6 del Reglamento de Reservistas, promoviendo acuerdos con las principales empresas empleadoras y agentes sociales.
- Desarrollo del artículo 134.2 de la ley 39/2007 generando instrucciones de obligado cumplimiento para todas las administraciones públicas y ampliarlo a todos los empleados públicos.
- La admisión de los reservistas como usuarios militares en los club deportivos de los ejércitos.
- Que los reservistas voluntarios (RV) en situación de disponible puedan acceder a las instalaciones de las residencias militares.
- Que los reservistas honoríficos (RH) puedan asociarse a los club militares y acceder a las residencias en condiciones similares al personal militar de carrera retirado.
- Sustituir la cinta distintivo de RV por el distintivo reglamentario de RV.
- Permitir a los reservistas la adquisición de prendas y equipo personal en el PCAMI y puntos de venta periféricos.
- Incluir a los RV y RH en el protocolo de los actos y celebraciones de las unidades a las que pertenecen.
- Expedición de la TIM para el personal reservista honorífico, conforme al artículo 29 del RD 383/2011, así como regular la aplicación del punto 2 del mismo artículo.
- Dar instrucciones para que la TIM del RV sea admitida con normalidad como documento de identificación para el acceso a las instalaciones militares, museos, delegaciones de Defensa, etc. Normalizar toda la documentación que se genera en los procesos que afectan al RV, al efecto de que se de la correcta denominación a los empleos y las situaciones administrativas.
- Oficializar el Día del Reservista el 2 de Mayo.
- Coordinar el trabajo de las Asociaciones de Reservistas con las delegaciones de Defensa y centros de formación de reservistas.
- Incluir a los reservistas que lo merezcan en las concesiones de recompensas militares.
- Suprimir la publicación de las activaciones en el B.O.D. Las UCO´s que así lo soliciten podrán comunicarse de forma directa con el reservista.
- Incluir al RV en el sistema de reposición de prendas, reposición completa cada dos compromisos y recibir las prendas necesarias cuando haya cambios en la normativa de uniformidad general o de los ejércitos.
- Realizar cursos específicos para cada escala, al menos una vez en cada ascenso, en los centros de formación de los RV de cada ejército.
- Establecer un programa de formación en materia de emergencias y catástrofes para todos los RV.
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