LEYENDO

Los exiliados en el País Vasco y Navarra recuperan...

Los exiliados en el País Vasco y Navarra recuperan su derecho al sufragio

Marta Gómez/ Sevilla.

El Ministerio de Interior saca a la luz las conclusiones de la reforma de la Ley Electoral. Las reformas han sido debatidas por un grupo de más de 20 expertos juristas en el Seminario “Residencia y Derecho de Sufragio. Análisis del caso vasco”, del Centro de Estudios Político y Constitucionales (CEPC), el pasado 7 de junio, presidido por Benigno Pendás

El Ministerio de Interior saca a luz las conclusiones de la reforma de la Ley Electoral. Las reformas han sido debatidas por un grupo de más de 20 expertos juristas en el Seminario “Residencia y Derecho de Sufragio”. En concreto se ha llevado a cabo el análisis del caso vasco, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC), el pasado 7 de junio, presidido por Benigno Pendás

Bajo el amparo del art. 23 de la Constitución Española -que establece que “los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal”-, Interior acaba de presentar la propuesta de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para la garantía del voto de los electores desplazados por la presión de la violencia terrorista.

Dicha propuesta surge en el seminario “Residencia y Derecho de Sufragio”, con el caso del País Vasco como referencia. Al concluir el seminario se ha desarrollado una reunión donde se han alcanzado las nuevas conclusiones sobre los exiliados presionados por ETA. Así el presente proyecto de ley –que garantizaría la participación de los ciudadanos vascos exiliados en las próximas elecciones de 2013- contribuye a reforzar el sentimiento de pertenencia de todas aquellas víctimas de ETA que se vieron en la obligación de salir. El Informe redactado durante la reunión ha tenido el objeto de reparar el “daño injusto sufrido”, que se sustenta en tres líneas fundamentales: dar prioridad a aquellas personas que manifiesten su interés en cambiar de residencia; apoyar a quienes buscan recuperar sus lazos, y, en último lugar, fomentar el sentimiento de pertenencia al País Vasco.

Esta “violencia de persecución”, calificada de esta manera por la Institución del Ararteko, supone un avance para la Democracia y para aquellos que han padecido amenazas o improperios por parte de la banda terrorista ETA –ciudadanos pertenecientes a cuerpos profesionales, militancia en partidos políticos o ciudadanos de a pie de callo que muestran su inconformismo hacia ETA-. Ahora, gracias al presente proyecto, se permite a estos ciudadanos ejercer su derecho de sufragio y “seguir participando activamente en la vida política de la comunidad de la que fueron ilegítimamente excluidos por no compartir el proyecto etarra”, cita el proyecto de ley.

“Una sola persona que abandonara en su contra el País Vasco justificaría dicha reforma”
Las propuestas llevadas a cabo en el proyecto de Ley parten de 1977, fecha en la que se celebraron las primeras elecciones democráticas con la consecuente creación de la Constitución Española de 1978.

Treinta y cinco años después, mediante esta nueva medida, el Gobierno responde a las demandas de diferentes asociaciones de víctimas del terrorismo, que reclamaban desde hacía tiempo que estas personas fueran también “reconocidas víctimas del terrorismo” tanto por amenazas como por coacciones. “Estos procesos de victimización, como vulneraciones graves y reiteradas de derechos humanos, merecen una respuesta pública en línea con los estándares internacionales y los principios de verdad, justicia, reparación y memoria”, recoge el proyecto de Ley presentado por Interior.

De esta manera, para reparar el daño causado por ETA y devolver la dignidad a la persona así como su derecho fundamental a ser partícipe de la sociedad civil, se establecen tres requisitos previos: acreditar la residencia en el País Vasco o Navarra con anterioridad al 31 de diciembre de 2011 y con posterioridad al 15 de junio de 1977; justificar cinco años de residencia en la comunidad de referencia, y, en último lugar, una declaración del interesado que exponga las causas por las que se trasladó –de acuerdo con las fijadas en dicho proyecto-.

“Cuestión de justicia”
El grupo de juristas que han estudiado las reformas consideran el derecho al sufragio en el País Vasco y Navarra un “derecho constitucional”. Por su parte, el Interior deberá llegar a un consenso con los demás grupos políticos en el Congreso.

Por su parte, el precursor de este proyecto, el presidente del PP, Antonio Basagoiti, provoca al mismo tiempo tanto reacciones contrarias como adeptos a la causa. Uno de los principales temores es establecer quién debe votar por la complejidad del censo –no disponer de documentos-. En este sentido, Basaigoiti afirma que desde 1979, en el censo del País Vasco hay 309.000 votantes menos.

Mientras la portavoz de UPyD, Rosa Díez, ve favorable la medida, junto con UPN.

Mientras, la Izquierda Abertzale se mantiene disconforme debido a que se pudiera cometer un “pucherazo”, pues según ésta este se podría llegar a “alterar el censo electoral vasco con una colonización a distancia, al servicio de sus intereses”, se han adelantado a declarar integrantes de Bildu.

Hasta que no quede concluido “el procedimiento de modificación del cenco previsto en esta ley, no tendrá efecto esta propuesta”, se determina en el proyecto de Ley.


ARTÍCULOS RELACIONADOS