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Visto bueno para los cuatro destructores de EEUU en Rota

Redacción /Madrid.

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Segundo Protocolo de Enmienda del Convenio de Cooperación para la defensa entre el Reino de España y los Estados Unidos de América, de 1 de diciembre de 1988, revisado, por el que la Base gaditana de Rota podrá seguir «funcionando» con carácter norteamericano. Con dicho acuerdo se establecen los términos y límites bajo los cuales España autoriza el despliegue de los cuatro destructores AEGIS de la Marina de Estados Unidos en la Base Naval de Rota.

Asimismo, en la Cumbre de la OTAN de Lisboa en 2010, los jefes de Estado y de Gobierno aprobaron la expansión del «Programa de Defensa de las Fuerzas contra Misiles de Teatro», para que cubriera el territorio, las fuerzas y las poblaciones de Europa.

En la reunión del Comité Bilateral de Defensa de Alto Nivel, en enero de 2011, Estados Unidos solicitó formalmente el despliegue de cuatro destructores de su Marina, dotados del sistema de radares AEGIS, en la Base de Rota como parte del sistema OTAN de defensa antimisil europeo.

En respuesta a esa petición, España, en octubre de 2011, anunció en la sede de la OTAN en Bruselas que España se incorporaría al sistema de defensa antimisil de la Alianza Atlántica. De este modo, el Consejo de Ministros autorizó el 7 de octubre de 2011 el despliegue de cuatro destructores AEGIS, así como el inicio de negociaciones con Estados Unidos para poner en marcha dicho despliegue.

Ahora con este Segundo Protocolo de Enmienda se establecen los términos y límites bajo los cuales España autoriza el despliegue de los citados destructores AEGIS de la Marina de Estados Unidos en la Base Naval de Rota.

El texto modifica el apartado 2.1 del anejo 2 del Convenio, referido a la Base Naval de Rota, a fin de incluir las instalaciones de apoyo necesarias para el estacionamiento permanente de cuatro buques AEGIS de la Marina de los Estados Unidos de América y sus tripulaciones en la Base Naval de Rota.

Además, se modifica el apartado 2.2 del anejo 2 del Convenio, para añadir en la tabla que acompaña al mismo los nuevos elementos y su actividad principal: cuatro destructores AEGIS de la Marina de los Estados Unidos de América y sus tripulaciones, cuya actividad principal será la de contribuir a la defensa contra misiles balísticos, y el destacamento de una unidad de mantenimiento (de segundo escalón), cuya actividad principal será el mantenimiento de los destructores mencionados.

También se establece un nuevo período de vigencia para el Convenio y sus dos Protocolos de ocho años, a partir de la fecha de entrada en vigor del Segundo Protocolo, y se prevé que se prorrogue por periodos de un año, salvo notificación en contra al menos seis meses antes de la expiración del plazo.


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