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Los Mossos d’Esquadra «cumplirán y harán cum...

Los Mossos d’Esquadra «cumplirán y harán cumplir la Constitución»

Mas pasa revista a los Mossos d'Esquadra

Redacción

El Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, realizó un llamamiento a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que le informen de todos los actos delictivos que se pudieran cometer en Cataluña en el caso de que el Tribunal Constitucional “invalidara y dejara sin efecto” la resolución independentista aprobada el pasado nueve de noviembre por el Parlamento de Cataluña.

En el escrito, el Fiscal se dirige, asimismo, al Secretario de Estado de Seguridad, a la Delegada del Gobierno en Cataluña, al comisario general de información y al jefe superior de la Policía de Cataluña, al Jefe del Servicio de Información y al general jefe de la Séptima Zona de la Guardia Civil, así como al director general y al comisario general de los Mossos d’Esquadra con la finalidad de recordarles que “la Constitución española proclama la dependencia de todos los cuerpos policiales respecto a Jueces, Tribunales y Ministerio Fiscal”.

Ante la situación actual en Cataluña, tras la aprobación de la declaración independentista, el Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional consideró importante destacar que la “ilegalidad” de la resolución que apruebe “iniciar el proceso de independencia del territorio autonómico catalán, tanto en el fondo como en las vías empleadas, y en consecuencia todo el proceso posterior que siguiera a la misma, quedaría certificada en cuanto el Tribunal Constitucional invalidara y dejara sin efecto la resolución en cuestión por grave quebrantamiento de la Constitución”.

Dirigentes catalanes pueden ser acusados de sedición o rebelión

Desde ese momento, todos “los nuevos acuerdos o la toma de decisiones en el ámbito que fuere, haciendo caso omiso de la decisión del Tribunal Constitucional” podrían ser constitutivos de delito por lo que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado deberán practicar “de forma inmediata las diligencias necesarias para acreditar los hecho delictivos y determinar las responsabilidades penales exigibles, así como cuantas les encomiende el juzgado central de instrucción competente y/o, en su caso, el fiscal”.

Si bien Zaragoza reconoció que la Audiencia Nacional no es competente para perseguir delitos cometidos por personas aforadas (competencia de los Tribunales Superiores de Justicia y del Tribunal Supremo) como serían los diputados autonómicos, el presidente de la Generalitat y los miembros del Gobierno catalán, sí lo es respecto de aquellos que cometan otras “autoridades, funcionarios o particulares”, razón por la cual solicita a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que elaboren y remitan a la Audiencia Nacional “de forma urgente” un informe “ante la existencia de cualquier hecho delictivo que encaje” entre los tipos penales de su competencia.

Entre éstos se encuentran, según el escrito, los delitos contra la Corona (el Rey, su Consorte y su sucesor), altos Organismos de la Nación y la forma de Gobierno. Dentro de los delitos contra la forma de Gobierno se encontraría “la ejecución de actos constitutivos de rebelión y sedición cuando la finalidad o propósito de los mismos sea cambiar ilegalmente la organización territorial del Estado y declarar la independencia de una parte del territorio nacional, en el caso en cuestión de la Comunidad Autónoma de Cataluña”.

El Código Penal define el delito de sedición como “el alzamiento público y tumultuario para impedir por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes, el legítimo ejercicio de sus funciones a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público (…) o de las resoluciones administrativas y judiciales”. En cuanto al delito de rebelión, éste se define como “el alzamiento violento y público para (…) declarar la independencia de una parte del territorio nacional”. En ambos casos, la Fiscalía advierte de que se penará no sólo la comisión de los mismos sino, también, “la conspiración, la proposición y la provocación” para cometerlos.

Además de los delitos de sedición y rebelión, los responsables de estos actos podrían ser considerados culpables de otros delitos como son los de “prevaricación, desobediencia, usurpación de funciones o uso indebido de fondos públicos”.

Por último, el escrito de la Fiscalía avisa de que la Audiencia Nacional es competente para conocer de otros delitos que “presumiblemente pueden ser cometidos en el curso de este ilegal proceso independentista” como podría ser “la invasión con fuerza” del Parlamento de Cataluña cuando éste esté reunido, la promoción de manifestaciones “alterando su normal funcionamiento [del Parlamento], o la perturbación del orden de las sesiones.

“La policía no está por encima de la ley”
Por su parte, David Serrada, portavoz del Sindicato de Policías de Cataluña que representa a la Policía Local, la Guardia Civil y los Mossos d’Esquadra, se mostraba esta mañana muy contundente en declaraciones a la cadena Cope al afirmar que la ley que regula a los Mosssos d’Esquadra es “muy clara” y su preámbulo establece de manera nítida que “la Policía no está por encima de la ley”.
Dicha ley, que lleva en vigor desde hace veintiún años sin que “ningún gobierno haya tocado ni una sola coma”, “es con la que tenemos que trabajar y lo tenemos muy claro” ha dicho Serrada quien ha recordado que “los Mossos no sólo tenemos que cumplir la ley, sino también garantizar que la ley se cumpla”.

Teniendo en cuenta que “antes de tomar posesión tenemos que cumplir y hacer cumplir en todos momento la Constitución y actuar con absoluta neutralidad política e imparcialidad”, Serra ha advertido a las autoridades catalanas de que “en ningún caso la obediencia debida puede amparar órdenes que sean constitutivas de delito o contrarias a la Constitución”.


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